En diciembre de 2020, al reformar el artículo 4° constitucional para incluir el Derecho Humano a la Movilidad, cualquier persona en México “tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad”. A partir de ese cambio, se redactó la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, que entró en vigor en mayo de 2022, y ahí se estableció la creación del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial (Sistema Nacional).
De acuerdo al documento "Política Nacional de Transporte Público Colectivo Urbano" de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), la movilidad de las personas se origina como respuesta a la necesidad de desplazarse por el territorio para llevar a cabo actividades cotidianas en ámbitos educativos, laborales, de cuidados, comerciales, recreativos y de servicios, entre otros. Para satisfacer esta demanda, es imprescindible proporcionar una oferta de transporte que combine medios (físicos de infraestructura urbana) y modos (servicios/vehículos).
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